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05. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
Como paso previo a la formalización de su solicitud de subvención
deberá aportar en nuestras oficinas la siguiente documentación:
1. Modelo de solicitud debidamente cumplimentado
y firmado por el promotor o representante legal.
2. Memoria descriptiva del proyecto.
3. Facturas pro forma o presupuesto justificativo
de la inversión.
4. En el caso de que quién presente el proyecto
sea una persona física deberá presentar fotocopia
del DNI compulsada.
5. En el caso de personas jurídicas necesitará:
·DNI del representante legal compulsado.
·CIF de la entidad compulsado.
·Certificado original o compulsado de aprobación
del proyecto por los órganos decisorios de la entidad promotora.
·Autorización original o compulsada
del órgano de decisión de la entidad promotora al
representante para efectuar y firmar cuantos documentos sean necesarios
en relación con la ayuda.
·Escritura de constitución y/o estatutos e inscripción
en el registro correspondiente (registro mercantil, cooperativas,
…) compulsados.
·Acuerdo compulsado del órgano correspondiente en
el que conste el nombramiento del representante.
6. En el caso de proyectos que presenten dentro
de sus inversiones la creación de instalaciones nuevas se
deberá presentar la licencia de obras, sin embargo en determinados
casos dicha licencia podrá demorarse hasta la firma del contrato
de ayuda, adjuntándose entonces a la solicitud informe del
ayuntamiento donde se indique que las obras e instalaciones pueden
ubicarse en el lugar previsto.
7. Acreditación de la propiedad o de uso
y disfrute. En el caso de propiedad, nota simple actual del Registro
de la Propiedad; en el caso de uso y disfrute, capacidad legal de
uso y disfrute de los bienes del proyecto y, en su caso, autorización
del propietario para realizar las inversiones previstas en el inmueble.
Cuando el bien no sea de su propiedad se deberá acreditar
su posesión durante, al menos 5 años posteriores a
la fecha de certificación final del proyecto.
8. En el caso de empresas constituidas con anterioridad
a la presentación de la solicitud tendrán que presentar:
·Declaración del impuesto de sociedades y balance
de situación cerrado de los tres últimos ejercicios,
en caso de ser personas jurídicas.
·En el caso de ser promotores individuales, declaración
del IRPF de los tres últimos ejercicios.
9. Declaración jurada de las ayudas obtenidas
y/o solicitadas de otros Organismos u Administraciones nacionales,
autonómicas o locales.
10. Permisos, inscripciones y registros, y/o cualesquiera
otros requisitos que sean exigibles por la Comunidad Autónoma
y/o Municipio, para el tipo de mejora o actividad de que se trate.
Éstos serán exigibles en el momento de la suscripción
del contrato, salvo que la Comunidad Autónoma, a petición
del Grupo, autorice su presentación posterior que, en todo
caso, habrá de efectuarse con anterioridad a la fecha límite
de ejecución del proyecto fijada en el contrato de ayuda.
Dichos permisos incluirán:
·Alta en el IAE compulsado.
·Informes ambientales si proceden compulsados.
·Licencia de actividad compulsada.
·Inscripción en los registros obligatorios
compulsado.s
·Cualquier otro permiso o requisito que
sea exigible por la Administración compulsados.
11. Declaración jurada de que cumple las
características establecidas para las "pequeñas
empresas" en el anexo I del Reglamento 70/2001 de 12 de enero.
12. Proyecto técnico visado compulsado,
si la inversión así lo requiere
13. Certificados de datos bancarios por donde se
van a realizar los pagos de las facturas y donde se cobrará
la subvención en caso de ser concedida y certificada.
14. Cualesquiera otros documentos que el Grupo
de Acción Local estime necesarios para poder adoptar motivadamente
la correspondiente resolución. Entre estos documentos que
el Grupo puede llegar a solicitar está la licencia municipal
de apertura, o certificado del Ayuntamiento donde se indique que
no tiene impedimento en concederla en caso de ser favorables los
informes preceptivos de otros organismos de la Administración,
el registro del establecimiento de actividades industriales o documentos
de iniciación del expediente, etc.
Notas:
· El Equipo Técnico, atendiendo a las características
bien del promotor, bien del proyecto puede eximir la presentación
de alguno de los documentos relacionados.
· Todo expediente que no cuente con alguno de los documentos
exigibles se considerará nulo de pleno derecho, salvo en
los supuestos autorizados señalados anteriormente, en cuyo
caso el expediente explicitará su eficacia demorada a la
presentación de los referidos documentos en el plazo establecido,
transcurrido el cual sin haberlos presentado devendrá ineficaz.
· Tanto los documentos señalados anteriormente como
los que tuviesen que presentarse con posterioridad a la solicitud
deberán ser originales o copias compulsadas.
· Si en todo caso se detectase la falta de algún requisito
o documento acreditativo, se le comunicará por escrito mediante
correo postal certificado y con acuse de recibo, dándole
un plazo de 10 días para completar o acreditar las exigencias
requeridas.
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